
Pertenezco a la comunidad de Belief Wedding Creators dirigida por Giovanna Dualibe. La fundadora creó un grupo COVID19 and Weddings con el propósito de unir a los suplidores de la industria de eventos internacionalmente para brindarnos apoyo, inclusive ser un tipo de enlace para las parejas en cuanto a la toma de decisiones sobre los eventos que se han visto afectados.
Nayas’ Event tiene apoyo legal directo de la Lcda. Marisabel Velázquez García, quien se desempeña como Legal Bridal Consultant además de brindarnos apoyo en nuestro eventos. Nos dimos a la tarea de dialogar con la licenciada a raíz de tantas preguntas de nuestros clientes y del impacto que hemos visto a tenido a nivel mundial, y hemos decidido compartirlo con ustedes a través de este blog.
Estamos viviendo unos días sin precedente donde no solo se ha visto afectado cada ciudadano en su carácter personal sino también como comerciantes y empleados. Muchos comercios cerrados y otros sobreviviendo. Hemos visto el impacto económico desde la industria de la gastronomíca así como la industria de turismo, entre muchos otros servicios. La reprogramación y/o cancelación de los servicios y eventos es la luz del día. Por ello muchos se preguntarán; ¿Qué hacer con la obligación de pago pautada? ¿Debo pagar si cambio la fecha del servicio? ¿Qué hago si perdí mi empleo y no puedo cumplir con lo acordado? Como estas, muchas interrogantes y cuestionamientos válidos han surgido en estos días.
El contenido de este escrito no representa una orientación legal y debe ajustarse a la norma y la ley de cada país. Cada situación y relación se debe evaluar de forma individual y basada en lo que se haya pactado entre las partes mediante acuerdos o contratos. Sin embargo, sucede que regularmente los contratos de haber uno, nada disponen para circunstancias imprevistas o fuerza mayor. Ocasionalmente los proveedores de servicios carecen de un contrato y descansan en comunicaciones verbales, de correo electrónico o hasta mensajes de texto entre las partes. Ciertamente, estas comunicaciones son igualmente válidas pues una o más personas han consentido a la prestación de un servicio o a recibir un servicio. Sin embargo, en su mayoría estas conversaciones carecerán de términos y condiciones que regulen la relación creada. Según se menciona anteriormente, comúnmente habiendo un contrato se olvida colocar cláusulas y condiciones que atiendan situaciones imprevistas como lo son los eventos de fuerza mayor. Y por fuerza mayos nos referimos a todo evento que no sea adjudicado a una de las partes como los eventos de la naturaleza (huracanes, terremotos, inundaciones, pandemias, entre otras).
Los contratos son fuerza de ley entre las partes siempre que no vayan en contra de la ley, la moral y el orden público. Sirven para regular los actos y las consecuencias que se derivan de ellos por eso es tan importante a la hora de redactar un contrato analizar todos los supuestos que puedan surgir de esa relación que se está creando. La regla general es, que de existir un contrato nos regimos por lo que se establezca en el mismo. Los contratos nos ayudan a establecer fechas ciertas para la ocurrencia del servicio, métodos de pago, frecuencia de los pagos, cambios permitidos, entre muchas otras cosas. Es importante establecer cada detalle en el contrato y estar bien pendiente de los puntos y las comas que pueden ocasionar diversas interpretaciones, es aquí donde a veces se gana o se pierde un caso ante los foros. El diálogo entre las partes a pesar de haber un contrato puede ocasionar un nuevo contrato o una enmienda al existente si ambos consienten en relación a cualquier término pactado entre las partes el cual debe también llevarse a escrito. La importancia de tenerlo todo por escrito es que se minimiza la interpretación de las partes y se evita la ambigüedad. A falta de disposición clara en el contrato, estamos ante un hecho de interpretación sobre la intención de las partes. Ante situaciones como la que estamos viviendo nos toca ser más humanos y tomar en consideración muchos factores donde ambas partes de la relación salgan beneficiados pues todo el que brinda un servicio desea ser remunerado así como el que recibe el servicio deberá en algún momento recibirlo.
Cuando no hay contrato entre las partes puede ser más conflictivo pues ambas partes deben poder verse no afectados del todo. Así que de no haber contrato o haber un desacuerdo en el contrato existente hay diversos factores que se deben considerar. Cuando se habla de cancelar o posponer un evento esto debe ser discutido con el suplidor: la disponibilidad de las partes para una nueva fecha de servicio, los pagos realizados y los pendientes, tener “partners” para brindar servicio en caso de imposibilidad, hacer un reembolso total o parcial, entre muchos otras consideraciones. El diálogo entre las partes evitará reclamaciones futuras que pueden ser muy costosas para ambos. Ahora bien, la razonabilidad de la circunstancia nos lleva a pensar que si el evento o servicio no fue cancelado sino que se pospuso la fecha para brindarse, se debe considerar posponer el pago de los servicios toda vez que el servicio no se ha brindado y estamos atravesando una situación extraordinaria donde muchas personas han perdido hasta su empleo. Hablar sobre lo que los tribunales determinarán en estos casos es imposible y en contra de una buena práctica. Sin embargo, entendemos que los actos se interpretarían de la forma más favorable para las partes envueltas en beneficio de la salud general y la economía.
Por tanto, sugerimos que para evitar conflictos entre las partes que dan y reciben servicios y que las relaciones sean más llevaderas y estén preparados ante cualquier situación tengan en consideración las siguientes recomendaciones;
1) Tener un contrato para cualquier servicio a brindar o recibir.
2) Previo a la firma del contrato, revisarlo y aclarar cualquier duda con respecto a los términos y condiciones.
3) Colocar lenguajes inclusivos que atiendan diversos escenarios, recuerden que todo va a depender del evento o servicio a brindarse.
4) Establecer términos en relación a los pagos a realizarse.
5) Buscar asesoramiento para la redacción del contrato, esto te evitará gastos adicionales
Tanto Nayas’ Event como Velázquez Legal Services queremos que los eventos sean un momento para recordar y el preámbulo a ellos deben ser un proceso sin mucho contratiempos. De usted tener una consulta en relación al tema aquí planteado, nos puede encontrar en los siguientes enlaces: Velázquez Legal Service & Instagram
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